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Sala Constitucional condena a Fuerza Pública y Presidencia por no levantar bloqueos


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La Sala Constitucional declaró con lugar un Recurso de Habeas Corpus presentado en días anteriores contra la Fuerza Pública y Ministerio de la Presidencia por no levantar bloqueos que se han presentado en diferentes rutas del país.

El recurso fue presentado por un vecino de San Carlos, quien se vio afectado por los bloqueos de carreteras que se presentaron en esa zona.

De acuerdo con la resolución de la Sala Constitucional, el Gobierno no cumplió con las obligaciones que le impone el artículo 140, inciso 6, de la Constitución Política.

El artículo 140 se refiere a los deberes y atribuciones que corresponden conjuntamente al
Presidente y al respectivo Ministro de Gobierno. En el inciso 6 expresa que son parte de estas atribuciones ” mantener el orden y la tranquilidad de la Nación, tomar las providencias necesarias
para el resguardo de las libertadas públicas”

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De acuerdo con un comunicado “«La Fuerza Pública se limitó buscar el diálogo, pero dejó en los manifestantes las decisiones con respecto al flujo vehicular, renunciando así a su autoridad y a salvaguardar los derechos de las personas afectadas por los bloqueos»

Se condenó al Estado al pago de los daños y perjuicios causados contra el ciudadano sancarleño a raíz de los bloqueos en esa zona. El 1 de octubre, el afectado regresaba hacia a su casa procedente de La Fortuna, San Carlos, sin embargo se topó con bloqueos en Nuevo Arenal, Bagaces, Cañas y Peñas Blancas de San Ramón. Tras varias horas de espera, se vio obligado a devolverse a La Fortuna para obtener alimentos, agua y gasolina, y buscar rutas alternas que le permitieran regresar a San José. Sin embargo también se habían bloqueado las calles en Jabillos en Florencia de San Carlos y el puente del río San Lorenzo en el Bajo Los Rodríguez.

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