La Junta Directiva de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE) acordó este jueves 20 de agosto recomendar al Poder Ejecutivo la declaratoria de emergencia nacional en nueve cantones de Costa Rica. La medida responde a los severos impactos provocados por los eventos hidrometeorológicos de las últimas semanas en los cantones de Guatuso, Turrialba, Sarapiquí, Limón, Pococí, Siquirres, Talamanca, Matina y Guácimo, donde se registran inundaciones, crecidas de ríos, vías destruidas y poblaciones incomunicadas.
La recomendación se fundamentó en los informes técnicos de la CNE y reportes meteorológicos que evidencian un período prolongado de condiciones inestables en el Caribe y la Zona Norte. Entre el 20 de julio y el 18 de agosto, el país enfrentó el paso sucesivo de ocho ondas tropicales, combinadas con el reforzamiento de la Zona de Convergencia Intertropical y vientos alisios acelerados.
Estos factores generaron precipitaciones persistentes y un nivel de saturación de los suelos de entre el 80% y el 100%. El evento de mayor intensidad ocurrió entre el 16 y el 17 de agosto, con acumulados de agua que alcanzaron los 360 milímetros en 48 horas en sectores del Caribe Sur y Turrialba. Asimismo, en territorios indígenas de Limón, el incremento de los caudales provocó afectaciones en vías y accesos principales, dejando comunidades totalmente incomunicadas por vía terrestre.
Alcances de la declaratoria de emergencia
La eventual aprobación de la recomendación por parte del Ejecutivo establecería un marco excepcional regulado por la Ley Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias. Este mecanismo permite coordinar y ejecutar obras prioritarias para proteger la vida y la salud de los habitantes, así como recuperar la infraestructura y los servicios públicos afectados.
Bajo este régimen, las instituciones públicas deben reportar oficialmente los daños para su verificación técnica ante la CNE e inclusión en el Plan General de la Emergencia, instrumento que fijará los proyectos de reconstrucción. Además, la normativa habilita a municipalidades y entidades estatales a aplicar procedimientos de urgencia, brindar colaboración e integrar aportes económicos y logísticos destinados a la atención integral de la población damnificada.
