En la resolución n.° 5506-E7-2025, emitida este martes, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) reiteró su propia línea jurisprudencial sobre la necesidad de respetar la democracia interna en los partidos políticos, y confirmó que la Asamblea Nacional del Partido Liberación Nacional (PLN) no está facultada para nombrar delegados del cantón de San Ramón cuando dicha asamblea cantonal no se ha realizado legalmente.

La resolución, que da seguimiento a la anterior n.° 5503-E1-2025 del 22 de agosto, responde a una consulta del Secretario General del partido, Miguel Guillén, y aclara que la omisión en la postulación de candidaturas por parte de las asambleas cantonales no otorga la facultad a las instancias superiores de suplir dicha vacancia en nombramientos territoriales.

Si bien la ley electoral permite a la Asamblea Superior ratificar papeletas de candidatura (según el inciso k del numeral 52 del Código Electoral), este permiso no se extiende a la designación de delegados territoriales, que —por el contrario— deben ser elegidos directamente por las bases del distrito, cantón o provincia correspondiente. El TSE advierte que permitir lo contrario invierte la lógica democrática al consolidar el poder en la cúpula partidaria.

Además, los magistrados determinaron que, aunque el estatuto del PLN contempla que la Asamblea Nacional puede nombrar delegaciones y órganos ejecutivos territoriales, esa disposición resulta inaplicable cuando contraviene el principio constitucional de participación territorial. Sobre esta base, el TSE invocó su facultad de desaplicar normas estatutarias que resulten ilegales o inconstitucionales, declarando inaplicable el inciso d) del artículo 74 del estatuto del PLN para casos de nombramiento territorial, incluso cuando el incumplimiento derive de la instancia inferior.

Este pronunciamiento se suma al contexto político reciente: el pasado 22 de agosto, a través de la resolución n.° 5503-E1-2025, el TSE declaró con lugar un recurso de amparo presentado por dos delegados electos para San Ramón —Andrés González Araya (Barva) y Ana Solano Brenes (Paraíso)— quienes denunciaron que la no realización de la asamblea cantonal lesiona sus derechos de participación política, y podría impedir la integración de la nueva Asamblea Nacional antes de la fecha límite para ratificar candidaturas a los comicios de 2026

El TSE reiteró que, pese a esta omisión local, el PLN sí puede inscribir candidaturas para la elección nacional de 2026.

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